22 de febrero de 2012

Dación en pago para familias sin ingresos para evitar desahucios, y otros pactos de caballeros.

 

Según ha avanzado el propio Ministro de Economía, se va a proponer que el préstamo hipotecario de las familias sin ingresos se pueda saldar mediante una dación en pago en determinados casos. La publicación que más ampliamente ha recogido esta noticia ha sido Cinco Días, donde cualquiera puede consultar los detalles conocidos hasta ahora de este proyecto. Dado que la noticia ha salido hoy mismo y que todavía la idea no está muy desarrollada no se puede realizar un análisis muy profundo de la misma, no obstante hay varios fragmentos que me han llamado la atención:

FRAGMENTO 1:

”Si han tasado un activo en 100 para dar 80, y luego el activo vale 50, la entidad tendría que hacerse responsable en parte de esta depreciación en lugar de imputarle todo el montante de la diferencia al deudor.”

Este planteamiento es muy correcto y aceptable, pero ya hoy día en muchos casos los bancos están asumiendo pérdidas al vender sus inmuebles (entiéndanme, perdidas en esa operación concreta, que compensarán mediante la “venta cruzada” de otros productos al comprador del inmueble que están vendiendo). Ahora se rasgarán las vestiduras e intentarán sacar algún provecho de esta idea, pero esto ya estaba “descontado”.

Con todo, estas pérdidas son relativas, puesto que una vez que se ha contabilizado la pérdida del crédito vinculado al bien que se han adjudicado (vía dotaciones y en un plazo relativamente corto desde su entrada a mora), cualquier cosa que se recupere del mismo irá directa a beneficio. Y dado que en la banca cada nuevo ejercicio es absolutamente una “nueva vida”, si la pérdida se ha dotado un año y la recuperación se realiza en otro siguiente se considerarán como dos sucesos totalmente independientes.

Para que quede claro: El año 00 se dieron 80 de préstamo. El año 01 se fue a mora por 75, y se dotaron los 75 a pérdidas. El año 02 se subasta y se recuperan 60.

Cuenta de resultados del año 1: Pérdida de 75, “La situación del mercado nos arrastra” , dice la nota de prensa.

Cuenta de resultados del año 2: Beneficio de 60, “Hemos mejorado los resultados muy por encima de la media, y obtenido beneficios en partidas hasta ahora muy deficitarias”

El problema de fondo y el porqué de esta forma de actuar se encuentra en que en este sector nadie está seguro de conservar su asiento más allá del año en curso, por lo que lo que se hizo en el año anterior, o lo que se pueda hacer en el siguiente no va a tener trascendencia casi nunca. El corto plazo se impone con absoluta crueldad.

FRAGMENTO 2:

“Las propuestas, no obstante, intentan evitar una modificación de la norma que rige el mercado hipotecario. Han optado por un "pacto de caballeros", como lo define un directivo, ya que cambiar la ley podría suponer un considerable gravamen para los futuros clientes que quieran contratar una hipoteca.”

Es decir, que las intenciones son muy bonitas y todo está muy bien, pero la ley no se cambia. Los pactos de caballeros están muy bien, es más, yo siempre he sido un gran defensor de ellos, pero en este sector, y por la misma lógica que la explicada anteriormente, lo que dijo (no lo que firmó, sino lo que dijo) un directivo no tiene porqué ser vinculante para otro, y mucho me temo que finalmente todo se quedará en una mera declaración de intenciones.

Si los pactos de caballeros funcionaran en banca la mayoría de los directores de oficina vivirían muy tranquilos y felices, puesto que su mayor problema siempre han sido estos pactos, promesas, compromisos, etc.… Y no me refiero solo a los que puedan acordar con clientes (”págame el recibo que mañana te traigo el dinero”), sino también a los de otros directivos de mayor rango (“si sigues igual el año próximo recomendaré tu promoción”), aunque quizá el año próximo sea el directivo que dijo eso quien ya no esté.

No hay comentarios:

Publicar un comentario